Presentación del libro «La cárcel moderna, una crítica necesaria»

En la era del encarcelamiento masivo, de la que Chile es un clarísimo exponente, resulta necesario indagar en las razones y sinrazones que hay detrás de la prisión moderna. Su análisis histórico permite comprender que lejos de ser una consecuencia natural y universal del delito es una construcción político-cultural, y que su implementación responde a diversos factores que tienen que ver con las sensibilidades de una época, las estructuras económicas, los miedos y los mecanismos de sometimiento y control. El estudio de sus efectos, más allá de las diferentes especificidades de las distintas cárceles, resulta demoledor y desmiente discursos humanitarios que creyeron ver en la rehabilitación una posible justificación de las penas privativas de libertad. Por otra parte, sus efectos criminógenos la hacen el medio menos idóneo, y acaso uno de los más nefastos, para controlar y disminuir la delincuencia. Pretender reducir la criminalidad con la cárcel es como intentar apagar un incendio con bencina. Los Estados que han optado por aumentar el punitivismo son los mismos que hoy sufren altos índices de criminalidad y violencia, y la relación, aunque difícil de demostrar, no parece ser una mera coincidencia. La actual extensión del encarcelamiento, sin precedentes en la historia mundial y nacional, tira por tierra conceptos demagógicos como el de «puerta giratoria» que sólo son construcciones mediáticas que, distorsionando la real dimensión del problema de la delincuencia, alimentan un populismo punitivo que otorga grandes réditos electorales a quienes aspiran o detentan el poder político. De esta manera, sin importar las consecuencias reales de un mayor nivel de encarcelamiento, ni el estratosférico gasto que supone el encarcelamiento masivo, proliferan políticas penales irracionales, inhumanas e ineficientes. A poco más de doscientos años de su nacimiento, la prisión moderna, sorda a las críticas que la han acompañado desde siempre, se venga y desmiente bibliotecas enteras que hablan de crisis, de «perenne crisis» , de una institución obsoleta, indefendible, cuyos días se encontrarían contados. Las cifras son aplastantes y, pese al leve decrecimiento en los últimos años en algunos países centrales, la prisión entra al siglo XXI con más presencia que nunca.

El aumento de presos es un dato duro que evidencia que nuestras sociedades acostumbran, cada vez más, a segregar a grandes grupos humanos. La crisis de la prisión (de la que hablan Foucault y otros) no es tal y más bien es la crisis de sus discursos legitimadores, lo que, en todo caso, no parece afectar ni a su existencia, ni a su extensión. Últimamente el discurso se ha venido sincerando y la cárcel se muestra como un instrumento de neutralización de enemigos, cuya principal finalidad es sacarlos de circulación, inocuizarlos. El 11 de septiembre de 2001 acentúa el lenguaje belicista. La guerra contra el terrorismo se confunde con las guerras contra la delincuencia, contra las drogas, contra la pedofilia. Sin embargo, quienes llenan las prisiones no son ni peligrosos pedófilos, ni líderes de bandas terroristas, ni grandes narcotraficantes. El sistema norteamericano se imita e importa rápidamente en Latinoamérica y especialmente en Chile. Nuestras estructuras económicas facilitan la diferenciación y los enemigos resultan fácilmente reconocibles. Feos, sucios y malos —parafraseando un film de Ettore Scola— son los clientes preferentes de nuestras cárceles latinoamericanas. Ante este fenómeno de elefantiasis punitiva, ante la revancha de la prisión en el siglo XXI, surge una pregunta central: ¿por qué las sociedades actuales encierran masivamente a tantos seres humanos? Y, junto a esta interrogante, aparecen otras: ¿por qué la prisión se reserva casi exclusivamente para los sectores más pobres y discriminados de nuestras sociedades? Comprobados los efectos criminógenos de la prisión y constatados los elevadísimos costos que supone, ¿por qué ésta aumenta hasta llegar a niveles tan elevados? ¿Existe alguien que se beneficia del encarcelamiento masivo?

En Chile, nuestra memoria tiene, o debiera tener, muy frescos los recuerdos de las brutales violaciones a los derechos humanos perpetradas por una dictadura que aún pervive, como para cerrar los ojos ante las actuales vulneraciones. Ante la indignante situación de las cárceles, el silencio es cómplice y es moralmente necesaria la denuncia, la protesta y la búsqueda de responsables. En este trabajo, como su título lo sugiere, primeramente se aborda la prisión moderna y, luego, sus pretendidas justificaciones. Está pensado para un lector no académico y busca explicar de modo simple un fenómeno complejo. En la primera parte nos formulamos preguntas centrales tipo cuándo, cómo y por qué nace la prisión moderna. Asimismo, estudiamos los efectos que ésta produce y las principales críticas que han recibido las penas privativas de libertad. Nuestras pretensiones no son dar respuestas definitivas y categóricas a las cuestiones planteadas. Más bien, nos conformamos con dejar dichas interrogantes abiertas mientras repasamos las principales teorías o hipótesis sobre cada una de ellas. El análisis se mueve de lo fáctico a lo teórico,y viceversa, según los temas que vayan surgiendo, utilizando los hechos y la historia para verificar o falsear las teorías estudiadas. Nuestro planteamiento busca explicar la prisión de manera pluri o multicausal, sin por ello dejar de revisar diversas teorías que la explican de manera menos compleja, rescatando de cada análisis los aportes más valiosos.

La segunda parte, sobre las justificaciones a la prisión, es abstracta y consiste en el estudio de las teorías sobre el fin de la pena. Si bien este acápite puede parecer un injerto extraño en un trabajo que deambula entre lo jurídico y lo sociológico, su inclusión responde a la importancia de su estudio, puesto que es aquí donde se encuentran los fundamentos de los discursos legitimantes del castigo en general y, en particular, de la prisión. Su incorporación busca no caer en el reiterado descuido de textos de la sociología del castigo que prescinden casi completamente del análisis sobre los fines de la pena. Quizá por lo mismo no resulta extraño que confundan venganza con retribución, o que idealicen doctrinas preventivas —especialmente la reinserción social— sin reparar en el espíritu autoritario que pueden conllevar, y que a lo sumo las critiquen, no con argumentos axiológicos, sino sólo en base a la incapacidad que han mostrado de conseguir los resultados deseados. Esta omisión resulta comparable con la de varios textos penales, tanto filosóficos como dogmáticos, que no incluyen referencias a estudios empíricos, cuyo análisis no baja de la abstracción, llegando incluso, para explicar los temas tratados o para plantear problemas prácticos que se derivan de sus teorías, a acudir a ejemplos inventados (v. gr., el guardagujas). Nuestro análisis, a caballo entre la sociología del castigo y lo jurídico, buscará nutrirse de ambos mundos en busca de una comprensión más global de las materias tratadas. Esperamos que los temas acá tratados otorguen al lector elementos para un juicio crítico de las decisiones político criminales, de corte populista, que son causa directa del encarcelamiento masivo en Chile y, al mismo tiempo, ayuden a develar las falacias de los discursos promovidos por grupos influyentes, como el órgano mercurial autoproclamado Paz Ciudadana, que, agrupando a políticos de las dos coaliciones que detentan el poder político y siguiendo la senda trazada por su presidente honorario, Agustín Edwards, realizan un montaje que criminaliza la pobreza, estereotipando al delincuente y centrando la atención de la opinión pública sólo en un tipo de criminalidad, omitiendo, de manera interesada, todo análisis a delitos graves vinculados a la corrupción, desviación de fondos públicos, grandes estafas, etc. Asimismo, esta criminología mediática, sin carácter científico, no hace referencia a los vínculos entre delito y estructura social, promoviendo la utilización del Derecho penal como mecanismo de control y sometimiento.

Conviene recordar que suele existir una relación inversa entre Estado social y Estado penal, en el sentido de que la desarticulación del primero se suele compensar con el segundo. Chile, como un país sin Estado social, sobreutiliza el castigo penal (la cárcel) en los sectores más pobres y marginados como una forma de identificación y segregación de enemigos que neutralizar y chivos expiatorios que amedrentarán a los sectores populares de la población. No queriendo extendernos más en lo que sólo debe ser una presentación, dejemos en claro que se trata de un análisis multidisciplinario que busca explicar las diferentes aristas de un problema social, filosófico y jurídico-penal. Resulta necesario recordar que el Derecho penal es una moneda de dos caras (delitos y penas, nos decía hace poco más de 250 años Cesare Beccaria). Sin embargo parece que los penalistas se han olvidado de la pena y en sus manuales, tratados, monografías, etc., se dedican casi exclusivamente al análisis de la teoría del delito, cada vez con más abstracción, desde arriba, omitiendo casi todo tipo de referencia al mundo de la pena. Los penalistas, en su mayoría, no bajan nunca a la realidad de la pena, no conocen las cárceles y su silencio termina legitimando ese espacio que es un vacío de derecho o la negación del mismo. De esta manera, la cárcel se expande sin perder su esencia de espacio sin justicia olvidado por los penalistas.

Por otra parte, las críticas a la prisión que vienen desde la sociología difícilmente pueden hacerse sentir por quienes estudian y aplican las leyes (los operadores del sistema jurídico penal) que fomentan el encarcelamiento masivo, puesto que no entran en el análisis directo de las causas inmediatas del mismo, quedándose principalmente en el entorno en el que nacen. Durante todo nuestro derrotero no quisimos perder de vista, a modo de estrella polar, el concepto de persona. Ver hasta qué punto nuestras sociedades lo tienen en consideración, si conciben a la persona como fin o como medio y si su esencia resulta inviolable o no. No olvidemos que la existencia de un concepto de persona mundialmente reconocido, fijado en pactos internacionales —sobre el tema penal, procesal penal y penitenciario, y especialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos— plantea límites a la intromisión o trato estatal y obliga a no instrumentalizar a nuestros semejantes. Estos pactos integran los ordenamientos jurídicos en un lugar prioritario. Por ende, la legislación, la reglamentación y las prácticas funcionarias deben ajustarse a ellos. Todo ordenamiento jurídico debe ser congruente consigo mismo, lógica y axiológicamente. Concebir la prisión es también concebir la pena, y concebir la pena es concebir al hombre. Tomando como objetivo principal de consideración normativa los comportamientos personales, debe ser consecuente consigo mismo conforme a los postulados básicos de intervención mínima de la legalidad penal. Episodios fatales como las muertes de internos en incendios en las cárceles o a manos de otros presos, las prácticas de tortura, legislaciones xenófobas disfrazadas de leyes antiterroristas, entre otras, hacen dudar del respeto por los derechos humanos en el Chile de hoy. Aunque parezca obvio, conviene insistir en que no porque las cosas sean de una forma significa que deban ser así. La esclavitud, la pobreza, las injusticias sociales y la explotación, al igual que el encarcelamiento masivo, no son fenómenos naturales: son construcciones sociales que se pueden y se deben modificar. Aun cuando algo parezca inviable (por ejemplo, el fin de la discriminación en contra de la mujer o de las miles de muertes diarias de niños por causas relativas a la pobreza) no lo hace menos moralmente deseable. Encarcelar a un semejante es un acto violentísimo que supone fijar un cuerpo en un espacio diminuto, deshumanizando a quien debe sufrirlo, y deshumanizar a un semejante significa también deshumanizarnos a nosotros mismos, y la deshumanización masiva supone necesariamente la deshumanización de la sociedad. Y esto es así, aunque no nos enteremos del dolor de los presos. El encarcelamiento masivo, como un espectro silencioso, corroe la libertad de todos y termina quitándonos lo más preciado de la vida misma.

Por otro lado, los efectos criminógenos que produce la cárcel serán también costos que se pagarán a futuro y que se traducirán en más delitos y mayores niveles de violencia, lo que generará también más cárceles, más controles, más policías y, además, más presos. De esta manera, el encarcelamiento masivo, como un espiral ascendente, tiene como punto de llegada el encierro de todos. Sólo un cambio de dirección, un viraje hacia el respeto por la dignidad humana, puede ayudarnos a evitar una política suicida. Por último, quisiéramos plantear, en coincidencia con Rivera (2009, 472), que el problema de la cárcel debe resolverse atendiendo primeramente a las demandas de los propios internos. Sin embargo, difícilmente se resolverá dentro de la misma cárcel, sino que lo hará en su exterior, en la misma sociedad que la crea, que la produce, que la alimenta y que la reproduce. En este sentido, «la mejor opción nunca pasará por ‘mejorar’ a una institución tan salvaje y violenta como es la cárcel, sino en pensar en cada vez menos cárcel, buscando verdaderas estrategias de contención de nuevos ingresos, primero, de reducción, después, y de radical eliminación, finalmente» (2009, 472).

Berlín, diciembre de 2015.

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